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Senado aprueba resolución en rechazo a solicitud de LUMA Energy para recibir beneficios contributivos

Una copia de la medida será enviada a la empresa, así como al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), dependencia ante la cual se presentó la petición

30 de abril de 2024 - 9:45 PM

Una copia de la resolución aprobada será enviada a LUMA Energy y al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. (Carlos Giusti/Staff)

El Senado aprobó este lunes -con 22 votos a favor y una abstención- una resolución en rechazo a la solicitud de decreto contributivo presentada por la empresa LUMA Energy al amparo del Código de Incentivos (Ley 60 de 2019) para la exención del pago de una serie de arbitrios.

La Resolución Concurrente del Senado 60 señala que el ente privado -encargado de la operación del sistema de transmisión y distribución de la red eléctrica- “ha disfrutado de beneficios suficientes en su contrato con el gobierno de Puerto Rico”.

Asimismo, agrega que el conglomerado ya “cuenta con un trato preferencial bajo la Ley de Alianzas Públicos Privadas”, por lo que resulta “innecesaria la solicitud de decreto en perjuicio de las finanzas del gobierno central y los gobiernos municipales”.

Una copia de la resolución aprobada será enviada a LUMA Energy y al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC).

El domingo, el secretario del DDEC, Manuel Cidre, confirmó la radicación de la solicitud ante dicha dependencia, pero rechazó que haya sido concedida. “Si bien confirmamos que tal solicitud fue presentada, es preciso aclarar que la misma no ha sido aprobada. Al presente, esta se encuentra en proceso de evaluación interagencial y municipal, según establecido en ley”, señaló el funcionario en expresiones escritas.

En pasadas semanas, el DDEC circuló a una treintena de municipios un borrador de decreto bajo el Código de Incentivos que, según el texto, proveería a LUMA Energy una serie de beneficios contributivos bajo las disposiciones aplicables a negocios que se dedican “a la producción o venta de energía verde a escala comercial para consumo”.

Los beneficios que se enumeran en las secciones 2071 y 2072 del Código de Incentivos incluyen una tasa preferencial de 4% sobre los “ingresos de energía verde” y exenciones de 75% sobre la propiedad mueble e inmueble, 50% en los pagos de patentes municipales establecidas por ordenanzas y 75% por arbitrios de construcción.

La solicitud ha recibido el rechazo de la Asociación de Alcaldes y del director ejecutivo del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, Reinaldo Paniagua, quien se expresó preocupado por el impacto que la propuesta pueda tener sobre las finanzas de los municipios. De aprobarse, los contratistas y subcontratistas que realizan trabajos para LUMA Energy recibirían una exención de hasta un 75% sobre cualquier impuesto o arbitrio municipal, dijo.

La precandidata a la gobernación del Partido Nuevo Progresista (PNP), Jenniffer González, por su parte, declaró que la otorgación del decreto sería “un trato preferencial a contratistas de LUMA”. Hoy, más temprano, el gobernador Pedro Pierluisi también expresó su oposición.

LUMA Energy, por su parte, defendió su petición, al señalar que, como operador de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), todas las obras de construcción que desarrollan “se realizan a nombre y para el beneficio” de la corporación pública y, por lo tanto, la privatizadora está sujeta a “todas las leyes relacionadas con los impuestos a la construcción que se aplicaban a la AEE” antes del acuerdo de Alianza Público Privada.

Dado que LUMA actúa para y legalmente como la AEE, no debe haber diferencia en los impuestos de construcción que deben pagarse. La AEE no pagaba impuestos municipales de construcción ni impuestos de licencias municipales...”, indicó la empresa en expresiones escritas.

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