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Siete preguntas del trabajador a distancia

En 2022 mediante la Ley 52-2022 (”la Ley de 2022″) se enmendó el Código de Rentas Internas para introducir dicha figura para fines contributivos.

27 de enero de 2024 - 11:25 PM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.
Según la nueva ley, el trabajador a distancia es una persona natural, con domicilio, o no, en Puerto Rico y que labora para un patrono elegible. (Archivo)

Aunque la figura del trabajador a distancia (el TAD) ha existido por muchos años la misma fue catapultada por dos factores recientes, que fueron la pandemia de Covid-19 y los adelantos tecnológicos. En 2022 mediante la Ley 52-2022 (“la Ley de 2022″) se enmendó el Código de Rentas Internas para introducir dicha figura para fines contributivos. Esto se hizo para poder competir con otras jurisdicciones para atraer este tipo de empleado que causan actividad económica adicional. Sin embargo había dudas al marco legal laboral aplicable por lo que se aprobó la Ley 27-2024 (”la Ley de 2024″) para aclarar dicha situación.

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